Análisis de aguas

Expertos en control de plagas

Laboratorio de Análisis de Alimentos

Abiomed Higiene, S.L. dispone de laboratorio de análisis de aguas propio dirigido por personal altamente cualificado y equipado con instrumentación técnica sofisticada adecuada para llevar a cabo análisis medioambientales en diversos tipos de muestras: aguas, alimentos, cosméticos, suelos, piensos, residuos, abonos, etc.

Fieles al compromiso de mejora continua y al principio de satisfacción total de los clientes establecidos en nuestra Política de Calidad, el Sistema de Gestión de la Calidad implantado en las distintas actividades que se llevan a cabo desde nuestra Sección de Laboratorio de Análisis, posee la Certificación ISO 9001:2015.

Laboratorios Abiomed

Análisis de aguas

CONTROL DE POTABILIDAD DE AGUAS
Según RD 140/2003 criterios de calidad de aguas de consumo humano

Están obligados a realizarlo: 

Ayuntamientos, Mancomunidades, Gestores de potabilizadoras, Industrias, Establecimientos de uso público, Establecimientos donde se trabaje con alimentos.

CONTROL DE AGUAS DE BEBIDA ENVASADAS​
según Real Decreto 1798/2010, de 30 de diciembre, por el que se regula la explotación y comercialización de aguas minerales naturales y aguas de manantial envasadas para consumo humano​

Están obligados a realizarlo: 

Todos los industriales, comerciantes y, en su caso, importadores de aguas de bebida envasadas.

CONTROL DE CALIDAD DE AGUAS DE PISCINAS​
según Real Decreto 742/2013 criterios técnico-sanitarios de las piscinas.​

Están obligados a realizarlo: 

Piscinas de uso público, Piscinas de uso privado, Piscinas climatizadas, Jacuzzis, etc.

CONTROLES DE LEGIONELLA EN INSTALACIONES DE AGUA​
Según RD 865/2003 de prevención y control de legionelosis.​​

Están obligados a realizarlo: 

Torres de refrigeración (se utilizan para climatizar locales), Agua sanitaria de edificios de uso público y uso compartido (residencias, hoteles, bancos, Edif. públicos, etc.), Piscinas climatizadas, Jacuzzis, etc.

CARACTERIZACIÓN DE AGUAS RESIDUALES​
Según Autorizaciones de vertido y RD 849/1986 y RD 606/2003 Reglamento del Dominio Público Hidraúlico.

Están obligados a realizarlo: 

Están obligados a controlar las características de los vertidos que se realicen en el Dominio Público Hidráulico: Municipios, Mancomunidades, Industrias, Estaciones Depuradoras de Aguas Residuales, etc.

CARACTERIZACIÓN DE AGUAS PARA RIEGO​
según Índices de Calidad del Agua para Riego

Dirigido a evaluar riesgos de salinidad y/o toxicidad por Sodio, Boro, etc. y de contaminación microbiológica.

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